¿Qué es ciberacoso?
Podemos definir el ciberacoso como “la acción de acosar a otra persona mediante el uso de medios digitales”.
Cuando el acoso se lleva a cabo entre menores se denomina ciberacoso escolar o ciberbullying, aunque este término no implica que sólo se produzca el acoso en el ámbito educativo. Normalmente las acciones acosadoras tienen lugar en diferentes ámbitos, las nuevas tecnologías facilitan este hecho.
Características del Ciberbulling
En la definición anterior podemos analizar las diferentes características del riesgo:
- Daño: A consecuencia del ciberbullying la víctima sufre daños como deterioro en su autoestima y dignidad personal, se ven dañadas sus relaciones sociales, desencadena la victimización psicológica, estrés, ansiedad, inseguridad y rechazo social.
- Intencionado: La conducta por parte quienes agreden es deliberada, no es casualidad ni accidental.
- Repetido: Una acción puntual de insulto, acoso, conducta amenazante, lo que se considera un incidente aislado, no se incluye como ciberacoso escolar. Debe reflejar un patrón de comportamiento que se repita en el tiempo, una experiencia de victimización prolongada de quien agrede hacia la víctima.
- Medios digitales: La principal diferencia entre el acoso tradicional y el ciberbullying es que se realiza a través de dispositivos móviles, ordenadores, redes sociales o cualquier otro dispositivo digital.
¿Qué diferencias existen entre el ciberbullying y el acoso escolar tradicional?
Aunque en principio da la impresión de que se trata del mismo riesgo, pero ejercido por medios digitales, no son tan similares como cabe esperar. En los dos casos se da un abuso entre iguales, pero se originan por diferentes causas, se manifiestan de formas diferentes, teniendo consecuencias y estrategias para abordar el problema distintas también. Es frecuente que una situación de “bullying” venga seguido de ciberbullying y viceversa, aunque esto último es poco probable.
El ciberbullying es especialmente grave debido al anonimato, la no percepción directa e inmediata del daño causado y la adopción de roles imaginarios en red, lo convierten en un grave problema.
Aunque está redactado específicamente para “ciberbullying” puede ser aplicado en cualquier caso que se detecte en el centro de comportamiento inadecuado en materia de uso de dispositivos digitales. Las fases del proceso de intervención son las siguientes:
FASE 1: DETECCIÓN Y OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN PRELIMINAR
Todos los miembros de la comunidad educativa deben estar alerta ante posibles indicios y pruebas razonables de que pueda estar produciéndose un caso de ciberbullying. Una vez detectado el caso, debemos recopilar toda la información posible inicial y ponerse en conocimiento de algún profesor, preferiblemente el tutor/a u orientador/a, además del Equipo Directivo. Es imprescindible cuidar la confidencialidad y discreción en los procesos de comunicación.
A continuación, la información debe ser analizada por el Equipo Directivo en la mayor brevedad posible, en colaboración con el tutor/a, orientador/a y el Inspector del centro.
FASE 2: VALORACIÓN DEL CASO, INVESTIGACIÓN Y PRIMERAS PROPUESTAS
El Equipo Directivo analizará y valorará la situación a la luz de los datos y evidencias recabados de la información inicial. Según este análisis de pruebas e indicios, se establecerán una serie de medidas a llevar a cabo, entre las que se incluyen: apertura de procedimientos disciplinarios y en si fuera necesario, sancionadores; según lo establecido en el Reglamento de Régimen Interno y la normativa vigente. La evaluación de la situación inicial es fundamental para configurar las pautas de actuación.
Si en esta fase se detectan evidencias de ciberbullying, la prioridad será intervenir de manera inmediata con el objetivo de intentar evitar que la situación se prolongue en el tiempo. Tendrá carácter urgente detener, parar con rotundidad y rapidez la situación detectada. Tanto la víctima quienes acosan recibirán las recomendaciones expuestas en el siguiente apartado. Si con esas medidas no fuera suficiente, se aplicará alguna medida que distancie físicamente a los implicados.
FASE 3. EL PLAN DE ACTUACIÓN
El centro debe tener establecido entre su plan de actuación cómo intervenir en caso de conflicto entre el alumnado. En este caso la intervención en el entorno educativo debe abrirse en tres frentes: actuaciones de sensibilización, preventivas y correctoras.
A través de sesiones de tutoría, así como charlas a nivel de centro y actividades de diferentes tipos (al final del apartado se presenta una actividad ejemplo para realizar con el alumnado en clase) es necesario concienciar al alumnado de la importancia de conocer este riesgo y sus características para estar alerta y denunciar en caso de convertirse en víctimas o espectadores. Conociendo las consecuencias estamos sensibilizando al alumnado y fomentando la prevención del riesgo.
Junto a estas actividades de sensibilización y prevención será conveniente aplicar medidas de corrección, tal y como se ha indicado en el apartado anterior.
FASE 4: EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PLAN
Todas las actuaciones llevadas a cabo se recogerán en el informe del caso, con el objetivo de realizar el seguimiento del suceso y presentarlo en la Comisión de Convivencia del Consejo Escolar del centro.
En este seguimiento debemos evaluar el resultado de las actuaciones llevadas a cabo para introducir cambio y mejoras no sólo en esta ocasión sino en ocasiones futuras…
Sexting
Desde que existen los medios de comunicación online, las personas los han utilizado para enviar contenido de tipo sexual, surgiendo un grave peligro: la difusión masiva e incontrolada de dichos contenidos.
El sexting consiste en el envió de contenido sexual, principalmente fotos o videos, producidos normalmente por la persona remitente a otras personas por medio de dispositivos tecnológicos. El principal riesgo que entraña el sexting es que una vez que el contenido es enviado, la persona remitente pierde el control sobre lo enviado.
En el momento en el que lo practican no tienen idea de las repercusiones, difusión y consecuencias que puede llegar a tener esta práctica.
Cuando alguien menor se ve implicado en un caso de “sexting pasivo” (que recibe imágenes con contenido sexual de cualquier menor) la primera recomendación es que borre las imágenes y no las difunda. Siempre debe actuar para romper la cadena de difusión. Por supuesto debemos recomendar, que se ponga en contacto con una persona adulta de confianza lo antes posible para que se ocupe del caso.
En caso del “sexting” activo, la principal urgencia es tratar de paliar las consecuencias psicológicas (humillación, bajada de autoestima, inseguridad, falta de confianza…), para ello es recomendable hablar con la familia para que el menor pase a ser tratado por un profesional de la psicología.
Grooming
El grooming son una serie de conductas y acciones deliberadamente realizadas por un adulto, para ganarse la amistad de un o una menor, a fin de crear una conexión emocional, con el objetivo de disminuir sus inhibiciones y poder abusar sexualmente.
El adulto que lleva a cabo el acoso se denomina “groomer”. En este proceso existen cuatro fases por las que el groomer consigue la confianza de menores y consumar el abuso. Es importante conocer este proceso para identificar y detectar casos de “grooming” entre nuestro alumnado.
El componente sexual siempre estará presente en el grooming, ya que como su definición indica, el objetivo último del acosador es abusar sexualmente de esas personas menor, que florea previamente con una falsa amistad y relación emocional.
Al igual que en un caso de ciberacoso, sexting o grooming, la principal instrucción que debemos dar a los menores es que denuncien los hechos, tanto si son quienes están implicados como si tiene conocimiento de que lo estén sufriendo cualquier menor de su entorno.