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Extremadura 2019: Nuevo Decreto para la provisión de puestos de trabajo para interinidades

Publicación del nuevo Decreto que Regula la provisión de puestos de trabajo para interinidades

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Publicación del nuevo Decreto que Regula la provisión de puestos de trabajo para interinidades
Se ha publicado el nuevo decreto que va a regular la provisión de puestos de trabajo del personal docente no universitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Se facilita a continuación el enlace para su revisión, Decreto 51/2019, de 30 de abril, por el que se regula la provisión interina de puestos de trabajo de personal docente no universitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Resolución y plazos de solicitud

  • Entre otras novedades se plantean las siguiente:Una de las nivedades que se plantean es la incorporación de Listas supletorias, formadas por las personas participantes en el último proceso selectivo convocado por la Consejería competente en materia de educación, que contando con la titulación específica exigida para ingreso en lista ordinaria y no hayan superado la prueba determinada en el mismo, superen la prueba específica que se establezca.
    Por otra parte, en la convocatoria se incorpora una nueva baremación parcial de los méritos de los integrantes de listas ordinarias.
    Además, para la permanencia en las listas se establece:

    1. Las personas integrantes de una o varias listas de cualquier cuerpo y especialidad, de las que alguna o varias sean objeto de convocatoria de oposiciones por parte de la Consejería competente en materia de educación permanecerán en dichas listas siem-pre que participen, al menos, por una de esas especialidades en el procedimiento selectivo convocado por la Junta de Extremadura o cualquier Administración educati-va. En este último caso, dicho procedimiento deberá celebrarse en el mismo curso escolar.En todo caso, la continuidad en las listas de las que forme parte y que hayan sido convo-cadas por la Junta de Extremadura estará condicionada a la acreditación de la participa-ción en el plazo y forma que se establezca en la convocatoria correspondiente.
    2. Quedarán exentos de la obligatoriedad de participar en los procedimientos selectivos convocados por la Junta de Extremadura o cualquier Administración educativa aquellas personas integrantes de las listas de espera que acrediten la concurrencia de fuerza mayor

    Por último, en la zonificación de las listas se establece:

    1. En la solicitud se indicará la zona o zonas en las que deseen participar. En caso de no indi-car nada, participará en todas las zonas.
    2. La modificación de las zonas solicitadas se realizará de conformidad con lo siguiente:
      1. La zona o zonas solicitadas podrán ampliarse coincidiendo con los meses de enero y junio de cada año. Las solicitadas en el mes de enero tendrán efecto en el vigente curso escolar y las efectuadas en el mes de junio en el siguiente curso escolar.
      2. La renuncia a una o varias zonas podrá realizarse en cualquier momento del curso escolar.

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